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Ley Helms-Burton: espuria, absurda e inaplicable

Publicado: 2019.07.03 - 11:43:18   /  web@renciclopedia.icrt.cu  /  Eduardo González García
  

Ley Helms-Burton: espuria, absurda e inaplicableescuchar audioNaturalmente, muchos empresarios y Gobiernos se alarmaron y enfurecieron con la entrada en vigor de los títulos III y IV de la Ley Helms-Burton, por su ofensivo desprecio a las más elementales normas del comercio internacional y el carácter mafioso e injerencista de su extraterritorialidad.

Nadie pensó que algún presidente norteamericano se atrevería a poner en vigencia esa norma, dadas las serias consecuencias negativas que tendrá para las relaciones de los Estados Unidos con el resto del mundo, incluso con sus propios aliados.

Se pensaba que solo era una de tantas amenazas prepotentes del imperio que no tiene ni tendrá jamás la posibilidad de cumplir, porque tendría que agarrar el machete mambí por el filo.

Sin embargo, muchos dejaban pasar inadvertidos los títulos I y II, en vigor desde la promulgación de la ley, firmada por el presidente William Clinton, el 12 de marzo de 1996.

Estos acápites detallan, minuciosamente, la total dependencia de un hipotético Gobierno cubano impuesto por Washington y el brutal despojo de que sería objeto Cuba.

Se trata de una modernización y ampliación del articulado de la Enmienda Platt, refrendada, al pie de la letra, por el Tratado Permanente de Relaciones de 1903.

Este tratado contenía, entre otras, la prohibición al Gobierno cubano de decidir con quién establecer convenios internacionales Artículo I, u obtener préstamos exteriores Artículo II, sin la aprobación de los EEUU, lo cual se pretende concretar, en esencia, con el genocida bloqueo, vigente y continuamente reforzado desde 1963.

Hace 55 años, el Departamento de Comercio de los Estados Unidos implantó la prohibición total de embarque de alimentos y medicinas a Cuba, dando inicio oficial al bloqueo, que ya había comenzado, en la práctica, a raíz del triunfo de la Revolución.

Desde entonces, y hasta la fecha, el gobierno norteamericano no ha cesado de incrementar y profundizar esa política genocida, abiertamente dirigida a causar hambre, enfermedades y desesperación a los cubanos, para forzar un cambio de régimen a favor de los intereses hegemónicos del imperio.

El bloqueo es el principal obstáculo al desarrollo de la economía cubana, y los daños acumulados durante casi 60 años ascienden a 933 mil 678 millones de dólares, tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del oro en el mercado internacional.

La Ley Helms-Burton condiciona el levantamiento del bloqueo al dominio total y al completo despojo de Cuba, bajo un Gobierno impuesto por Washington, solo después de haber barrido todas las instituciones cubanas y haberle entregado la totalidad de los recursos del país a empresas y personas norteamericanas.

Cualquiera que conozca un poquito de Historia de Cuba se dará cuenta de que eso es absolutamente imposible.

Desde el primero de enero de 1959, con el triunfo de la Revolución, ni el Gobierno de los EEUU ni de cualquier otro país extranjero tiene jurisdicción en Cuba, y ninguna ley aprobada por otro Gobierno tiene validez alguna en el territorio nacional cubano.

En este más de medio siglo, también Washington ha alentado, financiado, dirigido e incluso, perpetrado directamente miles de acciones de sabotaje y atentados, que han costado la vida a 3 478 cubanos, y 2 099 quedaron incapacitados.

Y hace 20 años, fue presentada ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo Popular la Demanda del Pueblo de Cuba al Gobierno de Estados Unidos por Daños Humanos, que exige la compensación por la suma de 181 100 millones de dólares estadounidenses, por las irreparables pérdidas humanas.

Además, conmina al demandado a que públicamente se retracte por el daño moral del que han sido objeto tanto los familiares como las víctimas de los hechos narrados en dicha demanda.

Lejos de satisfacer estas obligaciones, el actual inquilino de la Casa Blanca, Donald Trump, ha puesto en vigor el título III de la inconstitucional Ley Helms-Burton, que autoriza a expropietarios de bienes legalmente nacionalizados en Cuba a presentar demandas multimillonarias ante tribunales norteamericanos por el uso de esas propiedades.

La autorización incluye a personas que no eran ciudadanos de ese país en el momento de la nacionalización, y a los que poseían bienes malversados que fueron expropiados en virtud de procesos legales.

También, en flagrante violación del Derecho Internacional, los títulos III y IV de la mencionada ley contemplan sanciones para ciudadanos y entidades de terceros países que negocian con Cuba, en un afán desesperado de asfixiar la economía cubana.

Durante más de medio siglo, el Gobierno de los EEUU se ha negado a negociar con Cuba la indemnización a legítimos propietarios norteamericanos de bienes nacionalizados en territorio cubano.

Cuba ha reiterado que esa espuria ley es inaplicable, pues habría que aniquilar al pueblo cubano y ocupar el país para ponerla en práctica, y los intentos de hacerla efectiva chocarán contra la muralla infranqueable del patriotismo de nuestro pueblo y de la solidaridad internacional.


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