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La ilegal Ley Helms-Burton y su esencia colonial

Publicado: 2019.03.12 - 09:33:37   /  web@renciclopedia.icrt.cu  /  Daynelis Rodríguez Peña
  

La ilegal Ley Helms-Burton y su esencia colonial

El 12 de marzo de 1996 el presidente estadounidense William J. Clinton estampaba su firma en la entonces Ley Helms-Burton, colonialista en su esencia tras perseguir reconquistar al mayor archipiélago antillano -que desde hacía 37 años- se había ganado por derecho propio su libre e independiente autodeterminación.

Volvía a “justificar” entonces la administración norteamericana su agresión económica y política contra Cuba, en un proyecto legislativo que por demás, se nombraba hipócritamente “Ley para la libertad y la solidaridad democrática cubana”, internacionalizando la negativa de créditos y ayuda financiera a países y organizaciones que favorecieran o promovieran la cooperación con el país caribeño.

Así no solo dificultaba la inversión extranjera en el escenario nacional, sino que universalizaba el bloqueo, en su afán de rendir por hambre y desesperación al pueblo cubano, provocarle de una vez y para siempre la estocada final a la probada y resistente Revolución; además de prepararle la canasta a la soñada para ellos “fruta madura”, de la cual comerían a su antojo.

Fue por tanto que concibieron una ley estructurada en cuatro títulos, cuyo primero delata la esencia colonial y vejatoria del documento. Un segundo que deviene el ideal de la restauración del capitalismo en Cuba dirigido desde los Estados Unidos de América, irrespetando el derecho internacional; como también lo es su tercero, donde se permite a los ciudadanos estadounidenses que fueron objeto de nacionalizaciones o expropiaciones por las leyes cubanas, a partir del triunfo definitivo y por un valor superior a 50 000 dólares, presentar reclamación ante las cortes norteamericanas.

El cuarto entonces -al condenar su antecesor igualmente todas aquellas personas que “trafiquen” con sus antiguas propiedades, sin tener en cuenta razones y fundamentos básicos en materia de nacionalizaciones-, prohíbe la entrada a territorio estadounidense de todo extranjero que haya confiscado propiedades de nacionales de los Estados Unidos o que negocie con las mismas.

Pero hasta la última letra, nada más alejado de la realidad. A medios de prensa ha comentado Rodolfo Dávalos, jurista cubano experto en litigios comerciales, “que un país puede legislar extraterritorialmente sobre sus nacionales y para todos, sean nacionales o extranjeros en su territorio; pero ningún país puede legislar para todos y para todo el mundo a la misma vez”, y a su juicio esto último es lo que hace que la Helms-Burton haya sido sancionada por la comunidad jurídica internacional.

La ilegal Ley Helms-Burton y su esencia colonialLa ilegal Ley Helms-Burton y su esencia colonial

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Atendiendo a estas violaciones, la legislación que intentó apretar los tornillos sin vuelta atrás al proceso revolucionario cubano, no se ha podido implementar globalmente ni se podrá en lo adelante, por su carácter extremo y total desconocimiento de las prácticas legales a nivel mundial; así como por la evidente oposición de diversos sectores estadounidenses y otros foráneos, que se resisten a la cristalización de las medidas.

En ese sentido, se pronunció el Ministro cubano de Relaciones Exteriores, Bruno Rodríguez Parrilla, el pasado 4 de marzo en su cuenta de la red social Twitter, una vez permitidas las demandas -por la actual administración de Donald Trump- contra ciertas compañías nacionales bajo la activación parcial del Título III de la ley en cuestión. 

Para el canciller la decisión del Departamento de Estado “es un acto hostil e irresponsable que busca recrudecer el bloqueo y asfixiar la economía cubana”, pero como disposición -apuntó-, además de la oposición internacional, no logrará intimidar a los empresarios que favorecen el comercio con la nación cubana, pues “Cuba reitera a sus socios económicos y empresas extranjeras que operan en el país, todas las garantías para la inversión y los proyectos conjuntos”.

Tienen como respaldo, escribió, las leyes cubanas, el Derecho Internacional y las leyes de sus propias naciones, por lo que rechazó enérgicamente el anuncio contra la lista de compañías cubanas sancionadas arbitrariamente y la prórroga de 30 días en el resto de los casos, calificando ambas acciones de inaceptables y verdaderas amenazas para el mundo.

De forma general, Cuba califica de indebido la lista, que incluye a los Ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR) y del Interior (MININT), a la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), además de la Zona Especial de Desarrollo Mariel y las terminales de contenedores de Mariel y La Habana.

Este 12 de marzo, en muestra fehaciente de la internacionalización del bloqueo y su impacto negativo en la vida cotidiana de Cuba, entran en vigor cinco nuevas adiciones de entidades cubanas (4 de ellas son hoteles) a la lista negra estadounidense, con las que se prohíbe hacer negocios.

Una vez más la fiera acorralada vuelve a atacar, tras el empuje desmedido de figuras como el senador Marco Rubio; el Secretario de Estado, Mike Pompeo y el Consejero de Seguridad Nacional John Bolton.

Solo que Cuba sigue libre y soberana, como dispuso su líder histórico Fidel Castro Ruz (1926-2016), el cual enseñó a su pueblo que, ante intrigas y divisiones, la respuesta es unidad, lucha y victoria. 

 
 
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